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Análisis Político

Este blog tiene como fin analizar la contingencia política y económica chilena e internacional, publicar reflexiones y emitir opiniones dentro del marco que otorgan el sentido común, rigurosidad académica, libertad de opinión, tolerancia y principios éticos. Doy la bienvenida a todos aquellos que deseen leer, comentar los temas planteados e, incluso, preguntar. Saludos a todos, Rodrigo Hollmann F. Periodista y Cientista Político rholl@hotmail.com

jueves, julio 23, 2009

¿Golpe? en Honduras


Recuerdo que hace algunos años, cuando era todavía un estudiante, me invitaron a ver un partido de básquetbol de la NBA. Era la época de Michael Jordan, Shaquille O'Neal, Patrick Ewing y Charles Barkley. Eran un deporte muy confuso: señas, signos, jugadores que entraban y salían, muy distinto a mi querido y sencillo fútbol.

Cuando le hice ver a mi amigo mi desorientación, me dijo que el truco era entender las reglas. Podían gustarme o no, pero el juego se jugaba así.

Con el correr de las semanas y luego de pasadas las reacciones viscerales que siguieron a los acontecimientos en Honduras, creo que es momento de revisar las reglas para comprender lo ocurrido.

Si se lee con atención los 379 artículos que componen la Constitución Política de la República de Honduras, promulgada el 11 de enero de 1982, notaremos que no es un texto político común.

Fruto de los vaivenes políticos que azotaron al país centroamericano, su carta magna es el reflejo de las lecciones aprendidas, entre ellas, evitar la reelección indefinida y la importancia de la alternancia en el poder.

Para partir, el texto mandata:
ARTICULO 2.- La soberanía corresponde al pueblo del cual emanan todos los poderes del Estado que se ejercen por representación.
La suplantación de la soberanía popular y la usurpación de los poderes constituidos se tipifican como delitos de traición a la Patria. La responsabilidad en estos casos es imprescriptible y podrá ser deducida de oficio o a petición de cualquier ciudadano.
ARTICULO 3.- Nadie debe obediencia a un gobierno usurpador ni a quienes asuman funciones o empleos públicos por la fuerza de las armas o usando medios o procedimientos que quebranten o desconozcan lo que esta Constitución y las leyes establecen. Los actos verificados por tales autoridades son nulos. El pueblo tiene derecho a recurrir a la insurrección en defensa del orden constitucional.

Dentro de los llamados artículos "pétreos" -los cuales son inmodificables durante la vigencia de la Constitución y que su sola sugerencia pública de modificarlos configura delito- está el mandato referente a que un ciudadano que ha sido Presidente no puede volver a serlo, así sean períodos consecutivos o no, como tampoco ser "Designado" en caso de que la titularidad del Poder Ejecutivo esté vacante.

La Constitución, que rige desde 1982, señala expresamente:
ARTICULO 239.- El ciudadano que haya desempeñado la titularidad del Poder Ejecutivo no podrá ser Presidente o Designado.
El que quebrante esta disposición o proponga su reforma, así como aquellos que lo apoyen directa o indirectamente, cesarán de inmediato en el desempeño de sus respectivos cargos, y quedarán inhabilitados por diez años para el ejercicio de toda función pública.
Incluso, según la Constitución, Zelaya podría perder su ciudadanía hondureña (no la nacionalidad), pues se expresa como causalidad de esta situación el artículo 42, inciso quinto: "Por incitar, promover o apoyar el continuismo o la reelección del Presidente de la República".

En sencillo, cuando Zelaya propuso agregar la cuarta urna para votar la reforma a la Constitución, quedó al margen de la ley (Traición a la Patria, art. 4), tal como lo indicaron en su momento la Corte Suprema y el Congreso. Puede que nos guste o no el artículo, se puede discutir si es adecuado o no, pero es el texto que está vigente y al cual Zelaya debió ceñirse. Es más, de considerarse posteriormente como Presidente en ejercicio, Zelaya contraviene el mandato del artículo Nº 245, inciso 37: "Velar porque las Fuerzas Armadas sean apolíticas, esencialmente profesionales, obedientes y no deliberantes" al llamar a las Fuerzas Armadas a no obedecer el nuevo gobierno.

Adicionalmente, la misma Constitución obliga específicamente a las Fuerzas Armadas a ser garantes del cumplimiento de la norma máxima en caso de que se produzca lo que la Asamblea Constituyente previó en 1982:
ARTICULO 272.- Las Fuerzas Armadas de Honduras, son una Institución Nacional de carácter permanente, esencialmente profesional, apolítica, obediente y no deliberante.
Se constituyen para defenderla integridad territorial y la soberanía de la República, mantener la paz, el orden público y el imperio de la Constitución, los principios de libre sufragio y la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República.

De este modo, lo que sucedió en Honduras no puede ser calificado como Golpe de Estado, pues estaba detalladamente previsto en las reglas del juego, es decir, en la Constitución que Zelaya juró como Presidente.

Ahora, la forma en como Zelaya fue sacado del poder, tampoco fue la adecuada.

Ocurre que la Constitución manda que toda sanción debe ser generada por sentencia judicial, por lo que, en este punto, se requiere que Zelaya sea juzgado y condenado. En otras palabras, estamos frente a una situación que no estaba prevista en la Carta Magna, cual es el juicio al ex mandatario mientras está en el extranjero. Zelaya lo sabe y, por eso, no vuelve. Sabe que será juzgado por traición a la patria. ¿Habrá apostado a una rebelión popular a su favor? ,¡quién sabe!, pero no es lo que se discute en este posteo.

Puede que las reglas de este juego las compartamos o no, eso es sujeto de otro debate. Pero es la forma en que Honduras, desde hace 27 años, se gobierna.

Saludos a todos!

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1 Comments:

At lunes, octubre 26, 2009 7:58:00 p. m., Blogger Marco Muñoz V dijo...

Estimado Rodrigo
Un amigo norteamericano al que llevé a ver el clásico de la U con el colo me miró al terminar el partido como quien viene saliendo de un laberinto. No entendió nada. Como gritan tanto por un par de goles (los colocolinos nos empataron a última hora).
El tema es que, para este gringo amigo mio, el basquet es infinitamente superior al futbol. Para mi, por el contrario no le llega ni a los talones.
Para la derecha, lo de honduras puede explicarse. Para la izquierda, se trató de un golpe de estado repudiable y punto.
A diferencia de mi gringo amigo, que defiende el basquet, la derecha se da vueltas retóricas sin atreverse a mostrar de plano su veta golpìsta y militarista.
El primer artículo de la carta hondureña establece que el pueblo es soberano. Si se le consulta al soberano, el resto de los artículos debe ceder su potestad.
En fin, será más dificil convencer a la derecha que un grupo de militares que asalta el palacio de gobierno, saca al presidente constitucional, sin debido peroceso, lo coloca en u avión y lo expulsa, es un grupo de golpistas, que convencer a mi amigo gringo que el futbol es más emocionante.
Por lo menos mi amigo gringo entendió, por pragmatismo o valores (o por ambos) que los golpes son repudiables y está dispuesto no sólo a condenarlos sino a congelarle las cuentas bancarias a los golpistas y perseguir a los torturadores y criminales.
Por que diablos a la derecha le costará tanto entender algo tan simple?
Son más duros que los gringos.
Una explicación, para discutir por cierto, es que los gringos (en Chile por ejemplo), mandaron matar, pero no mataron (o mataron poquito). En cambio las elites de derecha en América Latina y en Chile, se ensuciaron las manos.
De ahí en adelante su historia y las palabras de sus intelectuales, está marcada irremediablemente por la sangre de sus hermanos.
Espero poder seguir dialogando con usted de basquet y reglas claras.

 

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