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Análisis Político

Este blog tiene como fin analizar la contingencia política y económica chilena e internacional, publicar reflexiones y emitir opiniones dentro del marco que otorgan el sentido común, rigurosidad académica, libertad de opinión, tolerancia y principios éticos. Doy la bienvenida a todos aquellos que deseen leer, comentar los temas planteados e, incluso, preguntar. Saludos a todos, Rodrigo Hollmann F. Periodista y Cientista Político rholl@hotmail.com

miércoles, febrero 13, 2008

¿Comenzamos a enmendar el rumbo? Nueva directiva de Chilecompra

Hay veces en que uno sueña despierto, mientras que otras no sabe si está soñando.

Hoy me enteré, por esas casualidades de la vida, de que Chilecompra estaría muy próximo a publicitar una nueva directiva, algo así como una guía, denominada "INSTRUCCIONES PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS RELACIONADOS CON TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES".
Dada la experiencia y "prontuario" de esta repartición (me refiero al esperpento aquél de contrato que permite a las reparticiones públicas del Estado regularizar y adquirir software de la empresa más grande de todas a precio minorista, incluidas cláusulas que hacen secretas las compras en cuestión, pinche acá y vea post relacionados -los infiltrados-) me preparé para lo peor... pero luego de leer un rato, creí que estaba soñando.

El objetivo de esta directiva es entregar pautas y lineamientos a los organismos públicos regidos por la Ley N°19.886 para la contratación de bienes y servicios relacionados con tecnologías de la información y comunicaciones, tales como: servicios de desarrollo de software, de operación de sistemas, de adquisición de hardware o software, de análisis de datos, plataforma de datos, de hosting o housing, de externalización, o de optimización y automatización de procesos de gestión, entre otros.

OK, me dirán por ahí ¿y?. Esto significa que hay un documento oficial que indica cómo se deben hacer las bases de licitación, es decir, se acaban las redacciones de bases de licitación redactadas de modo arbitrario que, por negligencia o deliberadamente, signifique competir de modo desigual.

¿Y cuáles son las buenas noticias?

En resumen es lo siguiente:
  1. Análisis de elementos conceptuales básicos, por ejemplo, análisis de modelos operacionales alternativos, definir cuánta externalización se requiere (considerar que la externalización ordena la operación y permite al organismo contratante concentrase en su negocio principal, pero internaliza parte de los riesgos del operador externo), acotar quienes serán los principales usuarios, definir a qué plazo se espera tener el problema resuelto, etc.
  2. Análisis de restricciones respecto de alternativas tecnológicas, se deberá considerar si existen sistemas anteriores y qué restricciones imponen éstos a los servicios que se contratarán, entre otros puntos.
  3. Análisis y definición de alcance, esto implica definir bien qué se está contratando y qué no. Por ejemplo, si se está contratando el desarrollo de un sitio web que tendrá una sección en inglés, deberá quedar definido si está dentro o fuera del alcance del proyecto la traducción de documentos. O si se está contratando la operación de un sistema, deberá definirse si las licencias para que opere el sistema serán provistas por el contratante o por el operador. Esta definición es particularmente importante, puesto que los proyectos con alcance difuso pueden tener problemas serios durante la implementación.
  4. Se recomienda a las entidades realizar una consulta amplia, estructurada y formal a los potenciales proveedores. Este proceso también se conoce como Request For Information (“RFI”).
  5. Preparación de bases técnicas:

    a) Principio de neutralidad tecnológica: El Gobierno de Chile adhiere al principio de neutralidad tecnológica, lo que implica que no se debe dar preferencia a tecnología alguna, sino que se debe buscar en cada caso la mejor alternativa disponible en el mercado. Sin embargo, puede que en algunas circunstancias, existan razones fundadas para restringir las opciones a un cierto tipo de tecnologías, en este caso, los fundamentos deben quedar claramente establecidos en las bases.

    b) Principio de no discriminación por utilización de formatos propietarios: De manera de permitir la participación del mayor número de proveedores en el proceso, se deberá evitar exigir formatos propietarios para la presentación de las ofertas de los proveedores. Por lo tanto, las bases de licitación deberán privilegiar la utilización de formatos interoperables como xml, txt o csv. Este principio es especialmente relevante para los archivos producto de aplicaciones de productividad personal como procesadores de texto u hojas de cálculo.

    c) Estándares de seguridad: Los desarrollos deberán dar cumplimiento a las normativas existentes en materia de seguridad, en particular aquellas que tienen relación con el Decreto 83/2005 que aprueba la norma técnica para los órganos de la administración del Estado sobre seguridad y confidencialidad de los documentos electrónicos.

    d) Estándares de interoperabilidad y portabilidad: Deben especificarse estándares que aseguren interoperabilidad de los sistemas y portabilidad de las soluciones, de manera de asegurar el intercambio de información a través de estándares abiertos y de general aceptación por la industria. Como mínimo, se debe exigir el ajuste a las normas técnicas sobre interoperabilidad del documento electrónico contenidas en el Decreto Supremo N° 81 del 3 de Junio de 2004, que aprueba la norma técnica para los órganos de la administración del Estado sobre interoperabilidad de documentos electrónicos.

  6. No se exige a las empresas registradas en Chilecompra presentar físicamente sus antecedentes en cada licitación que postulen.
  7. Inclusión en las bases de licitación de un presupuesto de referencia, así todos saben cuánto está dispuesto a pagar el fisco y evitamos situaciones polémicas en que la licitación se gana por $1.
  8. Evaluación comprendida por calidad de la propuesta, calidad de la solución, experiencia del equipo de trabajo, experiencia de la empresa, certificaciones, satisfacción de clientes en proyectos similares y precio.
  9. Definición clara de propiedad intelectual en tres escenarios. La última podría ser muy polémica porque según la interpretación, una empresa de software podría quedar obligada a entregar su código fuente, aunque funcione con el esquema de licencias. (Me permito un sarcasmo...WOW!)
  10. Boletas de garantía acordes al proyecto y no sobrevaloradas.
BONUS TRACK: "Es conveniente considerar una instancia para que el servicio comunique y explique a las empresas participantes las razones fundamentales por las que no se adjudicaron el proceso. Esta etapa debe estar circunscrita a los elementos de evaluación señalados en las bases y se debe evitar entrar en discusiones. Aquí lo importante es producir aprendizaje en las empresas".

Documento en .odt, .doc y .pdf AQUI

Ojalá dure esto y que se replique en otros lugares.

Saludos a todos,

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